Servicios especializados

27 junio 2022
Publicado por BPO&N MÉXICO

Ley de Outsourcing, REPSE, Servicios Especializados TI y más…

Hugo Caballero

En lo que va de este año 2021 se ha hablado mucho en todos los ámbitos sobre la Ley de Outsourcing, el REPSE, Servicios Especializados TI , entre otros tópicos. Estos conceptos impactan fuertemente a muchas empresas y a los empleados de las mismas, por eso es muy importante entenderlos bien y estar preparados para los cambios que vienen.

Ley de Outsourcing (o Subcontratación).

Se refiere a la Reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que se publicó el pasado mes de Abril y que tiene como objetivo regular el esquema de Outsourcing o Subcontratación en México. Es importante enfatizar que no se está eliminando, sino que se está regulando. Las empresas que actualmente ofrecen Outsourcing deberán cumplir con varias disposiciones, como el Artículo 13 de la LFT,  que ahora establece que sólo se permite la subcontratación de Servicios Especializados que no formen parte del giro o actividad económica preponderante de la empresa contratante y que la empresa contratista debe estar registrada en el REPSE.

REPSE

Sus siglas significan Registro de Prestadoras de Servicios Especializados (u Obras Especializadas) y es una plataforma en internet (https://repse.stps.gob.mx/) proporcionada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para que las Personas Físicas o Morales que ofrecen servicios de subcontratación tramiten su registro, lo cual queda establecido en el Artículo 15 de la LFT. Para lograr dicho registro deberán demostrar estar al corriente en sus Obligaciones Fiscales y de Seguridad Social, es decir, no tener adeudos con el SAT, IMSS e Infonavit, de lo contario se les negará la inscripción, deberán regularizar su situación con la institución correspondiente y por último volver a intentar el registro en el REPSE . Las solicitudes de inscripción son respondidas por la STPS en menos de 20 días. Nota: es muy importante que los documentos que solicita el REPSE sean escaneados previamente de forma clara y legible para que no sean rechazados.

¿Quiénes deben inscribirse en el REPSE?

Sólo las prestadoras de servicios que ponen a sus trabajadores a disposición de la empresa contratante, como en el ejemplo citado anteriormente de las empresas que ofrecen servicios de Vigilancia o Mantenimiento a una fábrica.

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